Preguntas y respuestas frecuentes sobre la convocatoria de ayudas del Programa Kit Digital

Programa cofinanciado por los Fondos europeos “Next Generation EU” dentro del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.

Índice de preguntas frecuentes

¿Qué requisitos son necesarios para obtener la ayuda?

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.

  • No tener consideración de empresa en crisis.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • No superar el límite de ayudas minimis (200.000€ en los tres últimos ejercicios contables).

Puedes descargar todos los requisitos aquí

¿QUÉ ES EL PROGRAMA KIT DIGITAL?

Un programa dirigido a pymes y autónomos, del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que te acompaña en tu proceso de transformación digital. Para que gracias a la tecnología puedas evolucionar y mejorar tu negocio.

Elige LAWA Solutions como tu empresa digitalizadora y te ayudaremos en todo el proceso. 

¿Cuándo podrás solicitar el bono digital?

Abierta la convocatoria para empresas entre 10 y 49 trabajadores - segmento I

Abierta la convocatoria para empresas entre 10 y 49 trabajadores con un importe de 500 millones de € e importe máximo de ayuda por beneficiario de 12.000 €

Toda la información oficial 

Prevista la apertura de convocatorias para el segmento II (entre 3  y 10 empleados)

Prevista la apertura de convocatorias de segmento III (0 a 3 empleados)

¿Qué cantidad podrás solicitar en la subvención del KIT DIGITAL?

La cantidad máxima subvencionable dependerá del tamaño de la empresa. Identifica el tamaño de tu empresa y sabrás cuánto podrás solicitar. También los autónomos podrán solicitar la ayuda

 Ayudas para AutónomosAyudas para MicroAyudas para Pymes
CATEGORÍASDe 1 a 2 empleadosDe 3 a 9 empleadosDe 10 a 49 empleados
Sitio Web2.000€2.000€2.000€
Ecommerce2.000€2.000€2.000€
Gestión de redes sociales2.000€2.500€2.500€
Gestión de clientes2.000€2.000€4.000€
Business Intelligence y Analítica1.500€2.000€4.000€
Gestión de procesos500€2.000€6.000€
Factura electrónica500€1.000€1.000€
Oficina Virtual250 € / usuario
Ciberseguridad250 € / dispositivos
Comunicaciones seguras125 € / usuario

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos necesarios para la incorporación de las soluciones:

  • Sitio web
  • comercio electrónico
  • gestión de redes sociales
  • gestión de clientes y/o proveedores
  • gestión de procesos….

¿Qué gastos no son subvencionables?

No serán subvencionables, entre otros, los siguientes conceptos:

  • Compra de  hardware
  • los impuestos
  • los servicios de consultoría.

¿Puedo escoger varias soluciones?

Sí. Puedes seleccionar seleccionar varias soluciones. Por ejemplo, te puede interesar realizar un Sitio web, posicionamiento y redes sociales. Solo debes tener en cuenta que hay un máximo que podrás solicitar.   ver detalles

Una vez solicitado ¿Cuándo se recibe el bono?

Desde el Kit Digital atenderán las peticiones por orden de llegada, y comprobarán los requisitos de la subvención.

¿Quién paga a la empresa digitalizadora?

El Agente Digitalizador emite una única factura tras la primera fase de prestación del servicio, con el importe total (del total de meses de prestación del servicio) donde indican la cuantía subvencionada.

Las ayudas se dan en forma de servicios, por lo que la empresa beneficiaria deberá abonar el impuesto correspondiente al proveedor. El resto será abonado por Red.es al digitalizador una vez finalizado e implementado el servicio. 

¿Qué es un Agente Voluntario en el Kit Digital?

El agente voluntario es una figura que podrá solicitar la ayuda por cuenta del beneficiario. 

Tendrás que autorizar un representante rellenando este formulario

¿LAWA puede ser mi Agente Voluntario y hacer las gestiones por mí?

Sí. Solo debes autorizarnos como representante  rellenando este formulario

¿Cómo serán los siguientes pasos?

  1.  Negociamos y firmamos un acuerdo de prestación de soluciones de digitalización
  2.  Lawa implementará y ejecutará  la solución acordada, durante el plazo de 12 meses desde la implantación
  3. Emitiremos una factura con el importe total, informando de la cuantía subvencionada. 
  4. El beneficiario realizará el abono de los gastos no subvencionables (como los impuestos) y cede el derecho a cobro del importe subvencionable en favor del Agente Digitalizador. 
  5. Una vez esté conforme el beneficiario con la solución se hará el segundo pago de la subvención al Agente Digitalizador, por parte de la administración.  
  6. ¡Tendrás tu empresa digitalizada, gracias a las ayudas del Kit Digital !

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